Los
servidores públicos amparados con fuero sindical no pueden ser retirados de su
cargo sin previa autorización del juez laboral, aunque reciban una sanción
disciplinaria por parte de la Procuraduría General de la Nación o por una
oficina de control interno disciplinario.
Así
lo señaló el Consejo de Estado al responder una consulta del Ministerio de
Trabajo sobre la posibilidad de retirar a un empleado público que incurra en
una falta disciplinaria.
La
Sala de Consulta y Servicio Civil, con ponencia del magistrado William Zambrano
Cetina, explicó que el fuero sindical le otorga al empleado el derecho a no ser
despedido sin una justa causa comprobada y a que esta causal sea calificada por
el juez laboral.
“Como no existe una norma
legal que exonere a la entidad pública de la obligación de obtener la
autorización judicial para despedir al empleado amparado por el fuero sindical,
cuando este se encuentre incurso en una causal de inhabilidad, debe acudirse al
juez laboral para obtener la correspondiente autorización”, señala la Sala en
su concepto. Prensa Consejo de Estado.
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