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martes, 10 de junio de 2014

Una sanción disciplinaria no acaba el fuero sindical

Los servidores públicos amparados con fuero sindical no pueden ser retirados de su cargo sin previa autorización del juez laboral, aunque reciban una sanción disciplinaria por parte de la Procuraduría General de la Nación o por una oficina de control interno disciplinario.
Así lo señaló el Consejo de Estado al responder una consulta del Ministerio de Trabajo sobre la posibilidad de retirar a un empleado público que incurra en una falta disciplinaria.
La Sala de Consulta y Servicio Civil, con ponencia del magistrado William Zambrano Cetina, explicó que el fuero sindical le otorga al empleado el derecho a no ser despedido sin una justa causa comprobada y a que esta causal sea calificada por el juez laboral.
“Como no existe una norma legal que exonere a la entidad pública de la obligación de obtener la autorización judicial para despedir al empleado amparado por el fuero sindical, cuando este se encuentre incurso en una causal de inhabilidad, debe acudirse al juez laboral para obtener la correspondiente autorización”, señala la Sala en su concepto. Prensa Consejo de Estado.