La Procuraduría General de la Nación formuló cargos
contra el señor Cristian Rueda Rodríguez, en su condición de director general
del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Bucaramanga (Imebu);
y la señora Marisol Adarme Valenzuela, en calidad de subdirectora técnica,
quien para la época de los hechos asumió la supervisión de un contrato
destinado a capacitar a la población vulnerable de Bucaramanga (Santander), en
cuya ejecución, supuestamente se presentaron irregularidades.
De acuerdo con el auto de cargos los sujetos
disciplinables habrían suscrito el contrato nro. 135 del 20 de noviembre de
2012 con la Fundación para el Desarrollo de las Comunicaciones (Fudecom), sin
contar con una evaluación ajustada a la norma legal por cuanto, presuntamente,
omitieron verificar el cumplimiento de los requisitos de idoneidad y
experiencia exigidos para los contratos de apoyo a programas de interés
público.
El órgano de control cuestionó a la entidad
contratante por no haber desarrollado un verdadero estudio del alcance del
objeto social establecido en el Certificado de Cámara y Comercio de la
Fundación ni haber realizado una evaluación de las certificaciones de
experiencia aportadas por el proponente dentro del procedimiento
precontractual.
En el segundo de los cargos se les endilgó a los
entonces funcionarios el haber liquidado el cuestionado contrato, sin que, al
parecer, se hubiese ejecutado en su totalidad, hecho que generó un detrimento
patrimonial por $14.887.000 según el dictamen de la Fiscalía General de la
Nación, organismo que estableció que los entonces funcionarios incurrieron en
una serie de conductas fraudulentas tipificadas como delito de peculado por apropiación
a favor de terceros.
Consideró la Procuraduría Regional de Santander que
el señor Rueda Rodríguez y la señora Adarme Valenzuela podrían haber incumplido
los deberes de dirección y vigilancia que tenían, por permitir la ejecución
parcial del contrato bajo intereses diferentes a los sociales.
Provisionalmente las supuestas faltas de los
exfuncionarios fueron calificadas como gravísimas cometidas con culpa gravísima
por cuanto sus conductas fueron realizadas de manera consciente y voluntaria. Prensa
PGN
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