En decisión de segunda instancia, la
Procuraduría General de la Nación suspendió por el término de tres meses a la
señora Gladys María Barrera Parra, en su condición de alcaldesa encargada del
municipio de San Gil, para la época de los hechos.
El órgano de control estableció que
la disciplinada suscribió en forma directa cuatro contratos de transporte para
la población escolar estudiantil de primaria y secundaria del área rural de San
Gil con personas que no cumplían los requisitos legales establecidos para ello;
por lo tanto, no estaban autorizadas por el Ministerio de Transporte para
prestar este servicio.
A la exalcaldesa encargada se le
reprochó el hecho de que amparada en el comportamiento de sus subalternos,
justificara el desconocimiento de las normas que regulaban su actuación como
representante legal del ente territorial y directora de la actividad
contractual.
En cuanto a la solicitud de la
apoderada de la señora Barrera Parra de otorgar a su defendida el beneficio que
otorga el principio de confianza legítima, la Procuraduría puntualizó que “el
principio de confianza en los subalternos no desconoce el deber del superior
jerárquico de cumplir diligentemente sus funciones y deberes constitucionales y
legales”, pues como lo señala la Constitución Política “(…) quien participa de
una actividad riesgosa, compleja o delicada, en la medida que actúe diligente y
cuidadosamente, tiene derecho a confiar en que los demás partícipes harán lo
propio (…)”.
Por considerar que a la disciplinada
le faltó obrar con diligencia y eficiencia y que con su conducta generó un
grave daño social, el ente de control tipificó su falta como grave cometida a
título de culpa grave.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Código Disciplinario Único, la sanción impuesta a la exfuncionaria fue convertida en el equivalente a los salarios percibidos en el momento de las comisión de la falta, suma calculada en 5 millones 289 mil 681 pesos. Prensa PGN
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el Código Disciplinario Único, la sanción impuesta a la exfuncionaria fue convertida en el equivalente a los salarios percibidos en el momento de las comisión de la falta, suma calculada en 5 millones 289 mil 681 pesos. Prensa PGN
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