La
Procuraduría General de la Nación confirmó en segunda instancia la sanción
disciplinaria al señor Luis Eduardo Cruz Ochoa, en su condición de alcalde del
municipio de Chita (Boyacá) para la época de los hechos, consistente en
destitución e inhabilidad general por el término de 10 años, al haberse
comprobado irregularidades en la celebración y ejecución de contratos
relacionados con la pavimentación de las vías urbanas, la construcción de la
ludoteca y el mantenimiento y remodelación de la planta de tratamiento de agua
potable que abastece el casco urbano de ese municipio.
En
el proceso disciplinario quedó demostrado que para la vigencia 2008 el entonces
mandatario suscribió de manera separada contratos para proyectos de
pavimentación de vías (contratos 028 y 079), de mejoramiento de la red de
alcantarillado y acueducto (047 y 059) y de mantenimiento de la planta de
tratamiento de agua potable (003, 004, 048 y 051), que técnicamente se podían
haber ejecutado dentro de un mismo proceso en cada materia o especialidad. Se
evidenció, asimismo, que fueron suscritos contratos comunes para las
actividades de suministro, mantenimiento y reparación de la maquinaria pesada
del municipio.
Llamó
la atención del Ministerio Público que la mínima cuantía en la vigencia 2008
para el municipio de Chita era de $12.922.000 y varios de los contratos se
establecieron homogéneamente en la suma de $12’800.000. Se evidenciaron además
sobrecostos en los contratos de consultoría para los diseños de la bocatoma y
el tanque de almacenamiento de agua. Adicionalmente, en el proceso contractual
para la construcción de la ludoteca, se incluyó un requisito habilitante que
desconoció la normatividad vigente en la materia. Prensa PGN
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