470 concejos municipales se inscribieron con la
Escuela Superior de Administración Pública, Esap, para adelantar el concurso
público de méritos para la elección de personeros municipales y distritales.
Es de señalar que el concurso podrá llevarse a cabo
a través de universidades o instituciones de educación superior públicas o
privadas o con entidades especializadas en procesos de selección de personal.
Los concejos distritales y municipales que decidan
adelantar el concurso de méritos con la Esap autorizarán a sus Mesas
Directivas, para que mediante acto administrativo se otorgue la facultad de
celebrar el respectivo convenio.
También establece que los concejos municipales y
distritales deben elegir a los personeros para el período institucional de
cuatro años, dentro de los 10 primeros días del mes de enero del 2016, previo
concurso público de méritos, tal como lo señala el artículo 170 de la Ley 136
de 1994, modificado por el artículo 35 de la Ley 1551 de 2012, declarado
exequible por la Corte Constitucional, salvo en la competencia que otorgaba a
la Procuraduría General de la Nación para adelantar los concursos, que es de los
Concejos municipales o distritales.
El proceso de selección debe ser adelantado por el
actual concejo municipal y finalizado por el que se posesionará el 1 de enero
de 2016, con el fin de que este último pueda hacer la elección dentro del plazo
legal. El retraso en la elección de los personeros conllevará al incumplimiento
de la ley, la afectación en la prestación de un servicio que tiene un alto
impacto en la ciudadanía y una reducción injustificada del período de dichos
servidores. Prensa Función Pública
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