Se
acaban todas las autorizaciones administrativas para acceder al servicio.
La Corte
Constitucional estableció que quedan abolidas todos los tipos de autorizaciones
administrativas que las EPS a los colombianos para poder a acceder a la salud, tanto
en tratamientos o para ser trasladados a otros centros de salud cuando se trata
de temas de urgencia.
Dichas autorizaciones
administrativas restringen el derecho fundamental a la salud, por lo tanto quedan proscritas cuando se trate
de un servicio de urgencia. Precisó el presidente del alto tribunal.
En este
sentido indicó que se le pone punto final al vulgarmente llamado “paseo de la
muerte’. La Corte en términos globales dejó claro que el tema de sostenibilidad
fiscal no puede ser obstáculo para garantizar el derecho a la salud de los
colombianos.
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