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miércoles, 5 de octubre de 2022

El estado como trinchera contra la paz

Por Bernardo Socha Acosta
Si el derecho de vivir en sana convivencia, entre los seres humanos, se convierte también en un deber, nadie entiende por qué algunos llamados dirigentes políticos que viven del estado, se empeñan en seguir haciendo la guerra en Colombia. Ahora que, de nuevo, hay deseos de un gobierno de buscar de diferentes maneras que algún día este país viva en paz, sin esa zozobra que amedranta a la sociedad por tantos hechos de violencia,... Seguir leyendo

 

martes, 23 de septiembre de 2014

Consejo de Estado suspende Decreto minero


El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 934 de 2013, el cual regula las competencias que tienen las autoridades mineras y ambientales con respecto y al ordenamiento minero que prohíbe a los Concejos Municipales y Asambleas Departamentales regular el tema.

La demanda presentada por la Contraloría General de la República argumentó que el Decreto viola las facultades que la Constitución y la ley le confiere a los municipios y distritos para que, de manera autónoma, reglamenten el uso del suelo y controlen y vigilen las actividades mineras en sus jurisdicciones. Además señaló que no fueron consultadas las comunidades étnicas para su expedición.
La Sección Tercera, le dio la razón a la Contraloría al señalar que el Decreto vulnera el principio de autonomía territorial.
El Despacho estimó que dicho decreto impedía que en los planes de ordenamiento territorial, planes básicos de ordenamiento territorial o esquemas de ordenamiento territorial –según el caso– incluyera directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que orienten y administren el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo, como lo establece la ley.
El Consejo de Estado igualmente señaló que el Decreto 934 de 2013 constituía una prohibición expresa para que los Municipios, Departamentos y Distritos, ejerzan autonomía en sus territorios, por cuanto éste Decreto demandado, dejaba dicha competencia en las autoridades mineras y ambientales. Prensa Consejo de Estado

domingo, 10 de agosto de 2014

Los libretistas...la única voz de las víctimas

Los libretistas, “armados” con intuición investigadora, han alcanzado lo que el Estado no ha sido capaz, o que descubre cuando ya ni generaciones tienen para reparar. Son la voz de quienes no tiene voz.

La representación de la violencia en el cine y novelas colombianas, se constituyeron en la única voz de las víctimas, quienes les ha tocado echar mano a la suposición e imaginación, para saber de sus parientes desaparecidos o asesinados por grupos  armados al margen de la ley y los oficiales a través de los falsos positivos.
Con lenguaje desmañado, crudo y a manera de relato, con apoyo en la ficción, los textos no son más que documentos testimoniales, que señalan con macabra precisión fechas, autores, lugares y modos de operar. Aquí sobresale el afán por dar una versión de los hechos contra la interpretación oficial.
Es evidente que no se puede pedir verdad histórica, sino una verdad interpretativa, dado que han sido los mismos dolientes, quienes encontraron en libretistas interlocutores válidos, para expresar su voz de víctimas, frente al silencio de sus victimarios y el olvido estatal. Por Jairo A. Cala R.

miércoles, 2 de julio de 2014

A pagar el Estado por falsa condena

El Consejo de Estado condenó a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial al pago de una indemnización por la privación injusta de la libertad de Manuel Antonio Suesca Montaña, un extrabajador del Distrito de Bogotá, que fue condenado a 25 años de cárcel por el asesinato de un hombre.
Todo ocurrió cuando la Fiscalía asumió la investigación y, en septiembre de 1995, adelanta un proceso contra de Manuel Antonio Suesca Montaña por homicidio en accidente de tránsito y lo vincula como autor del asesinato y ordena su captura a lo cual en 1997 el Juzgado 39 Penal de Bogotá lo condena a 25 años de cárcel, decisión que fue apelada ante el Tribunal Superior de Bogotá.
Por su parte la Procuraduría encuentra que el autor del hecho no es la misma que figura en el proceso, concluyendo que “existen dos personas diferentes, aunque familiares, que responden al nombre de MANUEL SUESCA, uno identificado como MANUEL MARIA SUESCA MARTINEZ y el otro como MANUEL ANTONIO SUESCA MONTAÑA”.

En enero de 1999 el Tribunal Superior de Bogotá revoca la condena y ordena la libertad de Manuel Antonio Suesca Montaña, quien permanecía recluido en la cárcel de Fusagasugá (Cundinamarca) desde marzo de 1998, por lo anterior el Estado tendrá que indemnizar al demandante por los perjuicios morales y materiales que se le causaron con la privación injusta de su libertad. Prensa FGN.

sábado, 10 de mayo de 2014

Una privación injusta debe ser reparada por el Estado

La libertad es el derecho más importante después de la vida y, como tal, merece la protección efectiva del ordenamiento jurídico. Así lo ha señalado el magistrado de la Sección Tercera del Consejo de Estado, Mauricio Fajardo Gómez, dentro del espacio “Consejo de Estado en línea: De cara al país”, donde la ciudadanía interactúa con los Consejeros a través preguntas.

Un estado que no garantice la libertad de sus ciudadanos, es un Estado autoritario e irresponsable, por lo tanto debe responder por los daños antijurídicos que se causen en las actuaciones o por las omisiones de las autoridades del propio Estado. No se le puede pedir a una persona que asuma la carga de estar privado de la libertad y luego ser declarado inocente, puesto que durante todo el proceso nadie pierde la presunción constitucional de inocencia, y por ello debe responder a las personas que estuvieron detenidas en centros carcelarios, porque quien estuvo privado de la libertad queda con una carga social muy grande, afirmó el Magistrado.Prensa Consejo de Estado