lunes, 6 de julio de 2015

www.procuraduría.gov.co para Supervigilancia a "Derechos de Petición”.

Los ciudadanos que hayan formulado un derecho de petición y no hayan recibido respuesta oportuna o de fondo, podrán ahora solicitar la intervención de la Procuraduría General de la Nación ante la autoridad administrativa, persona natural, organización o institución privada que haya desconocido este derecho fundamental, a través de la página web www.procuraduria.gov.co.
El Grupo Especial de Supervigilancia al Derecho de Petición, adscrito a la Procuraduría Auxiliar para Asuntos Constitucionales, recibirá las solicitudes que en tal sentido formulen los colombianos que ingresen al ícono “Solicitudes web” y seleccionen la opción “Solicitud de Supervigilancia al Derecho de Petición”. Allí deberá diligenciarse un sencillo formulario con los datos del peticionario, del derecho formulado y la precisión sobre la inconformidad presentada.
En ejercicio de sus facultades legales, la Procuraduría interviene ante la respectiva autoridad para que se cumpla el deber de dar una respuesta de fondo al ciudadano. Si se omite esta obligación por parte de autoridades públicas, el caso se pone en conocimiento de la instancia disciplinaria competente.
El recurso web se suma a la opción que los ciudadanos tienen de formular la solicitud de supervigilancia a través del correo vigilanciaderechodepeticion@procuraduria.gov.co, a la cual pueden enviar copia de la petición debidamente radicada y de la cual no hayan recibido respuesta en el término legalmente previsto (15 días hábiles para peticiones de información, 10 días hábiles para peticiones de documentos y 30 días hábiles para resolver consultas), así como en los casos en que la respuesta no está acorde con su solicitud.

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